* Los comprobantes deben contener el concepto “donación” para transparentar el uso de los recursos.
Semanario Balún Canán/ Tijuana BC (SBC).– Las donatarias autorizadas son una aprobación por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) que tienen la facultad de emitir comprobantes fiscales deducibles de impuestos, por lo que también están obligadas a presentar su declaración informativa para evitar sanciones.
Así lo indicó el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien destacó que las donatarias tienen la facultad de otorgar comprobantes fiscales deducibles a personas físicas o morales.
“Sin embargo, también tienen una serie de obligaciones como el presentar su declaración informativa de transparencia, lo cual dio a conocer recientemente el SAT, mediante un comunicado”, anotó.
El abogado fiscalista mencionó que las donatarias deben realizar su declaración informativa de transparencia, correspondiente al ejercicio fiscal 2021, antes del 31 de mayo de 2022.
“Al presentar la declaración informativa de transparencia, las donatarias cumplen con el objetivo de dar claridad a la ciudadanía sobre el uso correcto de los donativos recibidos”, comentó.
Además, dijo, la información debe ser congruente con su declaración anual de ingresos y con su contabilidad.
“Al cumplir con esta obligación les permitirá a las donatarias continuar con su autorización para el año 2023, de lo contrario, podrían ser dadas de baja o ser acreedoras de una multa por 102,060 pesos”, advirtió el Lic. Pickett.
Subrayó que es obligatorio que las donatarias autorizadas utilicen el complemento de “donatarias” en la factura electrónica para amparar los donativos que reciben, ya que este complemento únicamente ampara donativos deducibles y no otro tipo de ingresos que perciban.
“Por ello, si algún ciudadano desea realizar donativos, las donatarias estarán obligadas a expedir el comprobante fiscal correspondiente bajo las disposiciones legalmente establecidas”, argumentó.
Por último, el abogado fiscalista precisó que las personas que realizan donativos deben solicitar su comprobante por el concepto de “donación”, para poder deducirlo de sus ingresos y con ello ser parte de la transparencia.