Señalan fecha límite a personas físicas para presentar la Declaración Anual 2021

* El SAT también dio a conocer las deducciones que los contribuyentes pueden tomar en cuenta.

Semanario Balún Canán/ TIJUANA, B. C., (SBC).- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que los contribuyentes ya pueden presentar la Declaración Anual de personas físicas 2021, cuya fecha límite es el 30 de abril de 2022.

Lo anterior lo dio a conocer el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien mencionó que esta obligación para personas físicas la pueden presentar mediante el portal oficial del SAT, sin necesidad de acudir a las oficinas.

“Para cumplir con la Declaración Anual, el SAT cuenta con la herramienta SAT ID, la cual permite generar o renovar con la contraseña y renovar la firma electrónica (e.firma) en caso de tener fecha de vencimiento menor a un año, sin salir de casa o desde cualquier dispositivo con acceso a internet”, anotó.

El uso de la contraseña es importante para realizar la Declaración Anual, indicó, pues permite autenticar la identidad del contribuyente e ingresar al sistema, asimismo es necesaria para obtener la devolución en caso de tener saldo a favor.

“Las personas físicas que están obligadas a presentar Declaración Anual 2021 en el mes de abril son aquellas que tributan bajo los regímenes de Servicios profesionales u honorarios, Actividades empresariales, Plataformas tecnológicas, Arrendamiento, Intereses, Dividendos, Enajenación de bienes, y Adquisición de bienes”, explicó.

Pickett Corona mencionó que también aplica para los contribuyentes que recibieron ingresos por salarios de dos o más patrones, o si además de salarios obtuvieron ingresos de otra actividad, y si además de obtener ingresos por salarios, obtienen ingresos por intereses nominales superiores a 20 mil pesos al año.

Por otro lado, precisó que las personas físicas que reciban ingresos por salarios pueden verificar sus recibos a través del Visor de nómina para el trabajador.

En cuanto a los gastos deducibles en la Declaración Anual para Personas Físicas, detalló, están las colegiaturas y transporte escolar; honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios; lentes ópticos, consultas del nutriólogo y psicólogo.

Asimismo, gastos funerarios, donativos, créditos hipotecarios, caja de ahorro, primas por seguros de gastos médicos.

En tanto, dijo que algunas deducciones personales deben ser pagadas con medios electrónicos como son tarjeta de crédito, débito, cheque o transferencia electrónica de fondos.

“La firma electrónica solo es necesaria si tu saldo a favor es mayor a 150 mil pesos o si modificas la cuenta clabe precargada y el saldo a favor es mayor a 10 mil pesos”, abundó.

Finalmente, el Lic. Jorge Alberto Pickett aseguró que con el fin de brindar los servicios necesarios para el cumplimiento de las obligaciones fiscales en la Declaración Anual, durante los días hábiles de abril se extenderán los horarios de atención en las oficinas del SAT de 8:30 a 18:00 horas, y los sábados 2, 9, 23 y 30 de abril de 9:00 a 16:00 horas.

ARTICULOS RELACIONADOS

Siguenos!

4,762FansMe gusta
814SeguidoresSeguir
149SuscriptoresSuscribirte

OTROS ARTICULOS