Facilitan nuevo Régimen Fiscal que se basa en las mejores prácticas internacionales

* La Concanaco llevó a cabo un panel con el SAT para resolver dudas acerca del RESICO, esquema para realizar el pago de ISR de forma sencilla, rápida y eficaz

Semanario Balún Canán/ TIJUANA, B. C., (SBC).- Derivado de la implementación del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), la Confederación de Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco) organizó un panel para resolver las dudas que pudieran tener los ciudadanos, a fin de facilitar su incorporación y cumplimiento.

El Dr. Octavio de la Torre de Stéffano, tesorero Nacional y Vicepresidente de Asuntos Fiscales de la Concanaco, indicó que el objetivo de este nuevo régimen es reducir la informalidad, el ambulantaje, generar un equilibrio y simetría con los comercios y servicios formales, ya que representa una simplificación administrativa y una reducción sustancial de la tasa efectiva para el pago de impuesto.

De esta forma, dijo, las personas pueden realizar el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR), de una forma sencilla, rápida y eficaz, con una reducción de la tasa, la cual se basa en los ingresos facturados.

“Esta propuesta no fue una ocurrencia, sino que se basa en mejores prácticas internacionales, es una tendencia en el mundo para cumplir con nuestras obligaciones de forma esbelta y ágil”, anotó el abogado fiscalista.

Además, refirió Octavio De la Torre quien también es presidente de TLC Asociados que el RESICO beneficiará al 82% de los contribuyentes que se encuentran empadronados, y a los propios trabajadores que están en la informalidad, ya que en la formalidad, pueden tener acceso a créditos de Infonavit y a servicios de salud que brinda el IMSS, al tiempo que cumplen como ciudadanos de contribuir al gasto público.

Al respecto, la Mtra. Adriana Medrano García, Administradora Central de Apoyo Jurídico de Servicios al Contribuyente del Servicio de Administración Tributaria (SAT), explicó que la intención es facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a aquellos contribuyentes que no tienen la capacidad administrativa o de gestión.

“Es así que se creó un esquema enfocado a los ingresos del contribuyente, que el que gana menos, pague menos; que fuera equitativo, y sobre todo, que fuera de manera muy sencilla, para lo cual el SAT proporciona las herramientas electrónicas necesarias y gratuitas para tales efectos”, anotó.

La funcionaria expuso que el RESICO es una simplificación administrativa, donde pueden adherirse personas físicas que realicen actividades profesionales, empresariales o que otorguen uso o goce temporal de bienes inmuebles, siempre que sus ingresos no excedan los 3.5 millones de pesos al año.

En este caso, pueden ser abogados, contadores, arrendadores, tiendas de abarrotes, panaderías, ferreterías, cualquier negocio o actividad económica, entre otros, a quienes se cobra una tasa de ISR muy baja que va desde 1% hasta 2.5%.

Para las personas morales podrán tributar aquellas constituidas como personas físicas, cuyos ingresos totales no exceda los 35 millones de pesos al año.

Entre las dudas que resolvió la Mtra. Adriana Medrano, están el hecho de que aquellos contribuyentes que aplicaron al estímulo fiscal para la región fronteriza norte, no pueden tributar en el RESICO; en tanto, quienes reciben apoyos sociales de gobierno, éstos no serán acumulables ni se tomarán en cuenta como ingresos para dicho sistema.

Asimismo, señaló que quienes sean socios de una sociedad anónima de capital variable y perciban ingresos por concepto de dividendos, no pueden tributar en el RESICO, ya que es un régimen que convive con ingresos como sueldos, salarios e intereses.

En el caso de quienes realizan compra-venta a través de aplicaciones informáticas, apuntó, tampoco aplican para el RESICO, dado que ya tributan en el régimen de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.

En el caso de personas morales, la Administradora detalló que sí pueden aplicar deducciones autorizadas; asimismo, para la determinación de pagos provisionales pueden restar los ingresos por deducciones autorizadas, las participaciones de los trabajadores en las utilidades y las pérdidas fiscales en ejercicios anteriores.

Por último, la Mtra. Medrano destacó que el objetivo del RESICO es incentivar las inversiones, por lo que es un esquema sencillo de utilizar para los contribuyentes, al punto de que no requieren de un tercero para realizar su trámite.

ARTICULOS RELACIONADOS

Siguenos!

4,762FansMe gusta
814SeguidoresSeguir
149SuscriptoresSuscribirte

OTROS ARTICULOS