* Al tener el SAT su plataforma con los datos precargados suelen cometerse errores que pueden afectar tanto a personas físicas como morales.
Semanario Balún Canán/ TIJUANA, B. C., (SBC).- La presentación de la Declaración Anual 2021 para personas físicas y morales está a la vuelta de la esquina, por lo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recientemente actualizó la plataforma que los contribuyentes realicen su trámite, no obstante, es necesario que revisen muy bien los datos precargados en el sistema.
Así lo indicó el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien mencionó que la plataforma es exactamente la misma que la utilizada para la Declaración Anual del ejercicio 2020, con su misma estructura y datos pre-cargados.
“Las personas físicas deben realizar su Declaración Anual a más tardar el 30 de abril, pero por tratarse de un día inhábil, se debe recorrer al 2 de mayo de 2022”, apuntó.
La Declaración Anual 2021 ya quedó habilitada, comentó, por lo que los contribuyentes pueden acceder al enlace “Presenta tu declaración anual de personas físicas y conoce el simulador para 2021” que se encuentra en la página de internet del SAT.
Como recordatorio, dijo, los contribuyentes obligados a presentar la Declaración Anual son las personas físicas que hayan obtenido ingresos por conceptos como sueldos, salarios y asimilados; actividad empresarial y servicios profesionales (honorarios); actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.
Asimismo, por arrendamiento; enajenación de bienes; enajenación de acciones en bolsa de valores; adquisición de bienes; intereses; premios; dividendos; demás ingresos; ISR por ingresos de Regímenes Fiscales Preferentes; y Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con Coeficiente de Utilidad.
Sin embargo, aun y cuando la información se encuentra pre-cargada hay errores que deben evitarse al momento de presentar la Declaración Anual 2021, advirtió el abogado fiscalista.
“Pagar después de la fecha límite sin los recargos y actualizaciones es un error común de los contribuyentes, y esto se debe a que efectúan el pago sin agregar el monto correspondiente a los recargos ni a las actualizaciones”, señaló.
En ese caso, agregó Pickett, el monto de las contribuciones omitidas se tiene que actualizar por el transcurso del tiempo, debido a los cambios de precios en el país.
El presentar declaraciones en plazos que no corresponden y omitir pagos son otros errores de los contribuyentes, subrayó, ya que los pagos mensuales al SAT se deben hacer a más tardar el día 17 del mes posterior al que pagan.
Además, cabe recordar que la fecha límite para presentar la Declaración Anual es el último día de abril, en el caso de personas físicas, mientras que la fecha límite para personas morales es el último día de marzo.
Finalmente, el Lic. Jorge Alberto Pickett enfatizó que otros errores que pueden cometer los contribuyentes son el deducir gastos que no están autorizados, no hacer declaraciones mensuales de ISR, y deducir gastos con comprobantes a nombre de otra persona, por lo que es importante asesorarse muy bien para no caer en incumplimientos.