Este martes, el Instituto Nacional Electoral (INE) promovió la demanda de controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del Presupuesto de Egresos de la Federación 2022 (PEF 2022), en el cual tuvo un recorte de cuatro mil 913 millones de pesos.
Para el Instituto, este recorte careció de motivación o justificación alguna en el decreto presupuestal e impide el ejercicio pleno de las atribuciones constitucionales a las que está obligada la autoridad electoral, en particular, la realización de un eventual proceso de revocación de mandato que, en caso de ser solicitado por la ciudadanía, requiere de tres mil 830 millones de pesos para llevarse a cabo, mismos que fueron solicitados presupuestalmente a la Cámara de Diputados.
“Así, con el recorte, la Cámara de Diputados dejó sin fondos al INE para cumplir a cabalidad con esa obligación expresamente señalada en la Carta Magna”, expuso el organismo electoral a través de un comunicado.
Agregó que en la elaboración de su presupuesto para 2022 incluyó un monto como presupuesto precautorio, tanto para la realización de una eventual revocación de mandato como de una nueva consulta popular, atendiendo a lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió respecto de otra controversia constitucional que el INE promovió sobre la convocatoria a la consulta que se realizó en 2021, en el sentido de que la autoridad electoral tenía la “obligación de prever” los recursos suficientes para este tipo de ejercicios de participación ciudadana contemplados en el artículo 35 de la Constitución.
Al no haber sido otorgados por el Legislativo los mencionados recursos, y al haberse aplicado un recorte que excede en mucho la solicitud presupuestal formulada, el INE, añadió, consideró procedente someter a consideración de la Suprema Corte que ordene a la Cámara de Diputados proveer al Instituto de los recursos necesarios para organizar, eventualmente, la revocación de mandato, cumpliendo todos los principios y reglas a que está obligado.
Explicó que al no contar con dicho presupuesto, el Instituto no está en condiciones de cumplir sus funciones tal y como lo mandata la Constitución y la ley, además de que se violan sus garantías institucionales y con ello el ejercicio de los derechos humanos político-electorales de la ciudadanía.