Presenta diputada Araceli Geraldo iniciativa de reforma al código nacional de procedimientos penales

* Propone que auxilio judicial sea prestado a todas las partes de un proceso, a fin de garantizar los derechos fundamentalesPide la remisión de la Iniciativa a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

Semanario Balún Canán/ Mexicali, B. C., (SBC).- La diputada Araceli Geraldo Núñez, del grupo parlamentario de MORENA, presentó iniciativa de reforma para adicionar el artículo 126 BIS al Código Nacional de Procedimientos Penales, con la finalidad de establecer con claridad las condiciones en que el defensor o el imputado, pueden acudir ante el Órgano de Control a fin de solicitar lo que en la codificación anterior se conoce como “auxilio judicial”.

En su exposicion de motivos Geraldo Núñez, dijo en la actualidad aun nos encontramos con lagunas en la norma Nacional de Procedimientos Penales; explicó que antes al Juez del sistema tradicional las partes le peticionaban girar oficios a las dependencias para la obtención de información; requerir algún peritaje, entre otras, lo que hacía más tardado y laborioso el proceso en materia penal.

A menos que el imputado reconociera su participación en el delito y solicitara un procedimiento sumario, a fin de que fuera sentenciado lo más pronto posible de acuerdo a la carga de trabajo del juzgador, precisó.

La legisladora detalló que ahora, el procedimiento penal, quedó a cargo del Ministerio Público a fin de que en igualdad de circunstancias la defensa tenga la oportunidad de representar los intereses de su defenso. Expuso que de acuerdo a la Carta Magna el acusado debe contar con una adecuada defensa aun y cuando por cuestiones jurídicas o económicas no pueda obtener información de alguna dependencia o peticionar un peritaje a cargo del erario público, pues es sabido que la defensoría pública ya sea del fuero común o federal no cuentan con las mismas herramientas jurídicas que el organismo público en cuestión.

Declaró que la codificación procedimental en vigencia a nivel nacional en algunos casos si precisa cuando se puede solicitar el auxilio del órgano judicial por las partes, pero en otras no, dejando con ello lagunas para su interpretación.

Por lo anterior, y con fundamento el los principios del Nuevo Sistema de Justicia Penal es el Ministerior Publico quien primeramente debe prestar el auxilio al imputado o defensor que se lo solicite. Cuando requiera apoyo para la obtención de información, entrevistas con testigos o algún peritaje en específico; ya que también al acusador le interesa allegarse de todos los datos que le puedan servir en su teoría del caso como a la contra parte, aseguró.

Sin embargo, en la actualidad existen Ministerios Públicos que se niegan a prestar ese apoyo, y es cuando ocurren a la autoridad judicial, generando con ello que se ponga a trabajar toda una administración de justicia en casos que desde el punto de vista de esta legisladora deberían ser prácticos y descongestionar los tribunales, aseveró.

En ese sentido, la diputada Geraldo Núñez propone adicionar al Código Nacional de Procedimientos Penales que el auxilio judicial sea prestado a todas las partes de un proceso, a fin de garantizar los derechos fundamentales.

Indicó que cuando sea el defensor o imputado que requiera alguna información, que sea de utilidad para la acreditación del caso, deberá acudir ante el Ministerio Público correspondiente, a fin de que le brinde el apoyo para la obtención de lo peticionado.

Apuntó que en caso de que el Ministerio Público se negare a lo anterior, podrán solicitar audiencia al Juez de Control, a fin de solicitar auxilio judicial y debatir la negativa del organismo en cuestión. Y en la misma audiencia el Juez, una vez escuchadas las partes deberá resolver sobre dichas peticiones.

De ser aprobada esta iniciativa por el Pleno de la XXIV Legislatura del Estado de Baja California, se solicita su remisión al Congreso de la Unión para su trámite correspondiente.

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