MEXICALI BC (SBC).- Al ser una de las prioridades de la Administración estatal, obtener impactos positivos en materia de bienestar y competitividad asegurando la máxima calidad de eficacia y efectividad en el desempeño de su gestión, y dar con resultados socialmente aceptados, recientemente el Gobernador del Estado, Francisco Vega de Lamadrid, firmó un decreto con el cual se reforma el artículo 4 del Reglamento Interno de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario (SEDAGRO), a efecto de adicionar al Órgano Interno de Control como unidad administrativa, mismo que se ajusta a la normatividad vigente en el Estado.
Según lo dispuesto por el artículo 10, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California, establece que el Gobernador del Estado está facultado para expedir el Reglamento Interno de cada dependencia del Ejecutivo estatal.
Al respecto, el Secretario General de Gobierno, Francisco Rueda Gómez, informó que lo anterior se suscribió y posteriormente se da a conocer, con el objetivo de fortalecer los procesos de prevención, vigilancia, auditoría y verificación de programas, proyectos, servicios, rendición de cuentas y desempeño de los servidores; a fin de generar un ambiente de confianza entre el gobierno y la población, permitiendo la participación informada de la ciudadanía, actuando dentro del marco jurídico de la ley.
Agregó que con la firma de dicho decreto se promueve la eficiencia administrativa y social de las políticas y programas de Gobierno, que den respuesta a las necesidades y demandas de la sociedad, con la finalidad de impulsar el establecimiento de estructuras innovadoras y eficientes encaminadas a un gobierno al servicio de la gente, que promueva el desarrollo sustentable en beneficio de todos los habitantes del Estado.
Rueda Gómez explicó que el 30 de marzo del 2018, se publicó en el Periódico Oficial del Estado el nuevo Reglamento de la SEDAGRO, sin embargo, dentro de su estructura orgánica no se contempló la figura del Órgano Interno de Control como parte de las unidades administrativas que la conforman, por tal motivo, se incorpora dentro del inciso B) del numeral 4 de dicho ordenamiento, la figura que representará las atribuciones marcadas en el artículo 8 del propio Reglamento Interno.
Cabe destacar que de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 49 fracción XVI, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, y 3 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California y, en atención a lo dispuesto en los considerados anteriores, el Gobernador del Estado está facultado para formular reformas al Reglamento Interno de la Secretaría, para el buen despacho de la Administración estatal, por lo que se expide que para el estudio y planeación de los asuntos, así como para el desempeño de las atribuciones que le competen, la Secretaría contará con el Órgano Interno de Control como unidad administrativa.
Dicho decreto fue signado por el Gobernador Francisco Vega de Lamadrid y por el Secretario General de Gobierno, Francisco Rueda Gómez.