Advierten sobre sobre Procedimientos de suspensión y cancelación de certificación en IVA e IEPS

* El abogado fiscal, Oscar R. Barreda Millán destacó la importancia de comprender los procedimientos de suspensión y cancelación de certificación en materia de IVA e IEPS, otorgada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a empresas IMMEX.

Semanario Balún Canán/ TIJUANA, B. C., (SBC).- El otorgamiento de la certificación por parte del SAT a empresas IMMEX en las modalidades de IVA e IEPS es un proceso crucial para el reconocimiento de créditos fiscales, esta certificación está condicionada al cumplimiento de una serie de requisitos y obligaciones fiscales y aduaneras, como se establece en el Capítulo 7 de las Reglas Generales en Materia de Comercio Exterior (RGMCE).

El abogado fiscal, Oscar R. Barreda Millán, explicó que este proceso implica el reconocimiento de un crédito fiscal que el contribuyente debe registrar y pagar, a menos que los insumos y maquinaria que importen temporalmente permanezcan en el país dentro de los plazos presentados en el Artículo 108 de la Ley Aduanera, hasta que estos sean devueltos o exportados al extranjero.

Destacó que en el Capítulo 7 de las Reglas Generales en Materia de Comercio Exterior se establecen reglamentaciones específicas, como requisitos generales y obligaciones permanentes que son fundamentales para conservar dicha certificación, entre estos el correcto cumplimiento a obligaciones de seguridad social por parte de patrones; presentación de avisos ante autoridades fiscales y de comercio exterior; entre otros.

Barreda Millán explicó que las visitas de inspección, autorizadas por las RGMCE, permiten a la autoridad fiscal revisar el cumplimiento de los requisitos generales y en caso de incumplimiento, se levanta un acta administrativa que debe cumplir con los requisitos del artículo 38 del Código Fiscal de la Federación.

La autoridad puede hacer requerimientos a las empresas IMMEX certificadas para verificar el cumplimiento de disposiciones fiscales, en el supuesto de que no se desvirtúan estos requerimientos, podría iniciarse un procedimiento sancionador de suspensión y cancelación de la certificación, abundó.

El fiscalista enfatizó que este procedimiento sancionador, iniciado por la autoridad fiscal, comienza con la notificación de un acta de inicio, a la par, la empresa afectada tiene un plazo legal para ofrecer pruebas y realizar alegatos, mientras que la autoridad cuenta con un plazo para resolver sobre la situación.

Barreda Millán advirtió que las consecuencias de no atender estos procedimientos de manera legal pueden ser graves para las empresas IMMEX, entre ellas es la imposibilidad de acceder al beneficio del crédito IVA durante dos años, además de la obligación de pagar créditos pendientes y la destitución de mercancías en un plazo determinado.

Por último, el experto subrayó que las empresas tienen derecho a recurrir a medios de defensa fiscal, como el recurso de revocación y el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa; estos recursos pueden ayudar a revocar o anular la cancelación de la certificación, permitiendo a la empresa seguir gozando de sus beneficios impositivos y administrativos.

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