Plantea dip. Miguel Peña sancionar la modificación de imagen de una persona para crear material sexual

* Es necesario tipificar las conductas cometidas con medios digitales, especialmente en casos que afectan la intimidad de las mujeres

* Se busca contribuir y construir un entorno seguro para muchas personas que se les ha vulnerado a través herramientas tecnológicas

Semanario Balún Canán/ Mexicali, B.C., (SBC).- El diputado Miguel Peña Chávez, entregó iniciativa con el objeto de promover e implementar la prohibición de modificar a través de herramientas tecnológicas, la imagen de una persona para convertirla en material considerado de carácter íntimo, erótico o sexual.

“Prohibir la modificación no consensuada de imágenes de una persona para crear material íntimo, erótico o sexual es una medida necesaria para proteger la privacidad y dignidad de las personas”, puntualizó el inicialista, para lo cual propone reformar el artículo 175 Sexties del Código Penal para el Estado de Baja California.

La violencia contra la mujer a través de las tecnologías de la información y la comunicación es real e impacta a las víctimas de forma psicológica, emocional y profesional, muchas mujeres experimentan este tipo de violencia y, lamentablemente a menudo son revictimizadas por las autoridades.

Miguel Peña expuso que modificar la imagen de una persona para crear contenido sexual o íntimo sin su consentimiento es una violación grave a la privacidad y debe ser sancionado, el hecho de crear una imagen con alguna aplicación u otra herramienta tecnológica alimenta la extorsión sexual y de igual forma daña a las víctimas.

“La intención de esta iniciativa asegura y protege el espacio digital para sancionar a las personas que violenten, divulguen, produzcan, compartan o comercialicen imágenes, audios o videos íntimos de una persona sin su consentimiento”.

Además de que se alinea con la reforma al artículo 199 Nonies del Código Penal Federal, el cual establece que las imágenes que hayan sido manipuladas a través de la Inteligencia Artificial, también serán sancionadas con una pena de tres o seis años de prisión y una multa de 500 a mil UMA, consideró el legislador.

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