PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN DE LAS Y LOS COMISIONADOS DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. CONSEJO CONSULTIVO DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
El Consejo Consultivo del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California, en ejercicio de sus atribuciones previstas en el artículo 7mo apartado C de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, y el numeral 47 fracción VIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California:
C O N V O C A
A la ciudadanía, a las y los ciudadanos integrantes de Organizaciones de la Sociedad Civil e Integrantes de Instituciones Académicas del Estado de Baja California, con interés en participar como candidatas y candidatos para integrar el:
COMITÉ CIUDADANO DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, CONFORME A LAS SIGUIENTES
B A S E S:
I.- REGLAS GENERALES:
En el proceso de selección de Comisionadas y Comisionados, el Congreso del Estado contará con un Comité Ciudadano para garantizar la participación de la sociedad e
n la integración del Instituto. El Comité Ciudadano se integrará garantizando la equidad de género, por dos personas representantes del Poder Ejecutivo y siete personas ciudadanas honoríficas designadas por la mayoría del Consejo Consultivo, pudiendo ser considerado cualquier ciudadana y ciudadano o provenir de organizaciones de la sociedad civil o de la academia. Duraran en el encargo durante el tiempo que dure el proceso.
II.- DE LOS REQUISITOS:
Para ser integrante con nombramiento por el Comité Ciudadano para el Proceso de Selección de las y los Comisionados del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California, se requiere:
1. Ser ciudadano mexicano, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles;
2. Tener cuando menos treinta y menos de sesenta y cinco años al día de su nombramiento;
3. Haber residido en el Estado durante los cinco años anteriores al día de su nombramiento;
4. Haber realizado por lo menos durante tres años anteriores a su nombramiento, una actividad profesional relacionada con la aplicación, interpretación, elaboración o investigación relacionadas con la transparencia y acceso a la información pública;
5. No haber sido condenado por delito que amerite pena de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena;
6. Gozar de buena reputación y buena fama en el concepto público;
7. No haber ocupado cargo de elección popular, ni haber ocupado cargo de dirigencia de algún partido político, o haber sido titular de una dependencia o entidad de la administración pública federal, estatal o municipal, o Consejero de la Judicatura, durante el año previo a la fecha en que deba ser designado.
Forma de acreditar los requisitos: Las personas interesadas deberán presentar la siguiente documentación:
a) Currículum Vitae que exponga su experiencia profesional, académica o social, así como los documentos que acrediten la misma, incluyendo datos sobre fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, domicilio, teléfonos y correo electrónico de contacto de la persona aspirante.
b) Copias simples de acta de nacimiento, y credencial de elector o pasaporte vigente de la persona aspirante.
c) Constancia de no antecedentes penales.
d) Una sola carta, bajo protesta de decir verdad, en la que manifieste lo siguiente:
● No haber ocupado cargo de elección popular, ni haber ocupado cargo de dirigencia de algún partido político, o haber sido titular de una dependencia o entidad de la administración pública federal, estatal o municipal, o Consejero o Consejera de la Judicatura, durante el año previo a la fecha en que deba ser designado o designada.
● Gozar de buena reputación y fama en el concepto público;
● Que acepta los términos de la presente Convocatoria.
e) Constancia de residencia que acredite que la persona ha vivido dentro del municipio por los cinco años anteriores al día de la designación.
III.- DEL PROCEDIMIENTO:
1.- Dentro del período comprendido a partir de la publicación de la presente convocatoria y hasta el 26 de junio de 2023, las personas interesadas que cumplan con los requisitos, deberán presentar la documentación en día hábil de lunes a viernes y dentro del horario comprendido de las 08:00 a las 15:00 horas en oficialía de partes del Congreso del Estado, situada en el sótano del edificio del Poder Legislativo del Estado de Baja California, ubicado en avenida pioneros y avenida de los héroes número 995, en el centro cívico y comercial de la ciudad de Mexicali, Baja California:
a).- Nombre completo;
b).- Domicilio y una cuenta de correo electrónico, para oír y recibir notificaciones;
c).- Número telefónico y demás datos personales que hagan posible su fácil localización;
d).- Curriculum Vitae firmado debidamente bajo protesta de decir verdad;
2.- El Consejo Consultivo del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California, revisará que quienes se hayan inscrito para ocupar el cargo de integrante del Comité Ciudadano para el Proceso de Selección de las y los Comisionados del ITAIPBC, cumplan con los requisitos que se señalan en esta Convocatoria y ordenará publicar en el Portal de Internet del propio Instituto de Transparencia, la lista oficial de aspirantes al cargo, así como el cronograma de audiencias a más tardar el día martes 27 de junio de 2023. Además, esta lista y el cronograma deberá ser enviada a los correos electrónicos proporcionados por las y los aspirantes, en el cual se les comunicará el día, hora, y lugar en que deberán comparecer ante este Consejo, a las sesiones de entrevistas en los términos previstos en esta convocatoria.
La publicación de la lista de aspirantes a que se refiere el presente punto, tendrá efectos de publicidad para la sociedad en general.
3.- El día de 28 de junio de 2023 en la ciudad de Mexicali, las y los integrantes del Consejo Consultivo del ITAIPBC, procederán en Audiencia Pública a celebrarse en la sede de sala “Mujeres de Baja California, Forjadoras de la Patria” del edificio del Poder Legislativo del Estado de Baja California, ubicado en avenida pioneros y avenida de los héroes número 995, en el centro cívico y comercial de la ciudad de Mexicali, Baja California, a desarrollar el procedimiento de comparecencia de los candidatos, el cual deberá transmitirse en vivo a través del Portal de Internet del Instituto de Transparencia del Estado.
4.- Desahogado el punto anterior, a más tardar el día 30 de junio de 2023, el Consejo Consultivo del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del
Estado de Baja California, publicará en el Portal de Internet del Instituto de Transparencia del Estado la lista de las siete personas ciudadanas honoríficas que obtengan la designación como integrante del Comité Ciudadano, así como el acta del Consejo Consultivo en la que conste.
5.- Los asuntos no previstos por la presente Convocatoria, serán resueltos por el Consejo Consultivo del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California. Acuerdo aprobado por las y los integrantes del Consejo Consultivo del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California, en Sesión Extraordinaria.
Acuerdo aprobado por las y los integrantes del Consejo Consultivo del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California, en sesión extraordinaria, celebrada el lunes 19 de junio de 2023.
*El Consejo Consultivo del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California, considera incluir en esta convocatoria lenguaje incluyente y no sexista, asi como la Ley Federal para Prevenir toda forma de Discriminación y los Derechos Humanos.
C. Ana Edith Canales Murillo
Consejera Presidente
C. Fernando Manuel Castro Figueroa
Consejero Secretario