Aprueba Comisión reforma constitucional para que el cultivo de maíz sea libre de transgénicos y de cualquier otra modificación genética

* Además, prohíbe concesiones para minería a cielo abierto, y contratos para la extracción de hidrocarburos mediante el fracking, salvo en casos excepcionales que determine el Ejecutivo

* También evita concesiones para la explotación, uso o aprovechamiento del agua cuando se trate de zonas con baja disponibilidad en cantidad y calidad

Semanario Balún Canán/ Ciudad de México, (SBC).- En reunión semipresencial, la Comisión de Puntos Constitucionales, presidida por el diputado Juan Ramiro Robledo Ruiz (Morena), avaló modificaciones a diversos artículos de la Constitución Política, en los temas relativos al maíz transgénico, el agua, concesiones de minería y el fracking o fracturamiento hidráulico.

Las reformas a los artículos 4º y 27 de la Carta Magna establecen que no se otorgarán concesiones para la explotación, uso o aprovechamiento del agua cuando se trate de zonas con baja disponibilidad en cantidad y calidad, y solo se autorizarán asignaciones destinadas a centros de población para garantizar el consumo personal y uso doméstico.

Tampoco se otorgarán concesiones ni ningún otro instrumento jurídico para la exploración, explotación, beneficio, uso o aprovechamiento de minerales, metales o metaloides en minería a cielo abierto.

Señalan que en la prestación del servicio establecido en el inciso a) de la fracción III del artículo 115 de la Constitución (relativo al agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales) los municipios podrán reconocer, autorizar, coadyuvar, vigilar y revocar la participación de las organizaciones comunitarias sin fines de lucro que realizan la gestión y la prestación de los servicios de agua y saneamiento, en los términos que fije la ley.

Precisan que tampoco se otorgarán concesiones, como ningún otro instrumento jurídico, para la exploración, explotación, beneficio, uso o aprovechamiento de minerales, metales o metaloides en minería a cielo abierto, salvo en los casos que excepcionalmente determine el Ejecutivo Federal a través del comité que señale la ley, por su carácter estratégico para el desarrollo nacional.

Asimismo, no se otorgarán contratos ni se realizará ningún otro acto administrativo que permita la extracción de hidrocarburos líquidos y gaseosos en yacimientos petroleros no convencionales mediante fracking o fracturamiento hidráulico, salvo en los casos que excepcionalmente determine el Ejecutivo Federal a través del comité que señale la ley, por su carácter estratégico para el desarrollo nacional.

Los cambios a la Constitución Política también establecen que las leyes sancionarán todas aquellas actividades de minería a cielo abierto y las prácticas de fracking o fracturamiento hidráulico referidas en los dos párrafos anteriores, fuera de los casos excepcionales que determine el Ejecutivo Federal.

Se instituye que “el maíz, elemento de identidad nacional, como alimento básico destinado al consumo humano y su cultivo deben ser libres de transgénicos y de cualquier otra modificación genética”.

Se establece que el Estado, al fomentar la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, ésta sea “libre de cultivos y semillas de maíz transgénicas y todas aquellas genéticamente modificadas”.

El dictamen que deriva de una iniciativa presentada el 5 de febrero de 2024 por el Ejecutivo Federal incluye diversas iniciativas presentadas por diputadas y diputados, fue avalado en lo general con 30 votos a favor y 7 en contra, y en lo particular con 27 en pro y 9 en contra. Se remitió a la Mesa Directiva para efectos constitucionales.

En los transitorios se precisa que, a partir de la entrada en vigor de este decreto, se derogan todas las disposiciones que se opongan a su contenido, establecidas en leyes secundarias, reglamentos, acuerdos y cualquier otro ordenamiento normativo de carácter administrativo.

También, que con relación a la reforma efectuada por este decreto al artículo 27 constitucional se respetarán los contratos, concesiones, permisos y autorizaciones otorgados a particulares con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto, en términos de ley.

A partir de la entrada en vigor de este Decreto, el ingreso al país de maíces genéticamente modificados con destino distinto al consumo humano únicamente debe permitirse en su modalidad de maíz quebrado, grano fragmentado, de manera que carezca de capacidad para germinar.

La modalidad de maíz quebrado puede exceptuarse siempre que se cuente con una evaluación de los riesgos a la salud que tenga en cuenta las prácticas de consumo, diversificación, resguardo, comercialización, industrialización y distribución que puedan provocar la mezcla con maíces libres de esta tecnología; las prácticas de cultivo, el medio ambiente y la biodiversidad agrícola, la diversidad de la población mexicana y sus patrones de consumo, y las características que hagan factible la trazabilidad de las medidas relacionadas para la inocuidad de su uso en territorio mexicano.

Discusión en lo particular

Durante la discusión en lo particular, se aceptó la reserva presentada por la diputada Irma Juan Carlos (Morena) para modificar los artículos 4º y 27, al señalar que cuidar la no introducción de organismos genéticamente modificados a nuestro país es cuidar la diversidad genética producto de años de la propia naturaleza con un poco de apoyo del ser humano y es proteger la alimentación sana y segura de nuestros pueblos que por muchos años fueron olvidados.

Hablaron a favor de la reserva aceptada los diputados César Agustín Hernández Pérez, de Morena, así como Rubén Ignacio Moreira Valdez y Eduardo Zarzosa Sánchez, ambos del PRI. En contra, el diputado Braulio López Ochoa Mijares, de MC.

Se rechazaron las reservas presentadas por los diputados, Mario Alberto Rodríguez Carrillo y Braulio López Ochoa Mijares, de MC; Cynthia Iliana López Castro, del PRI y Santiago Torreblanca Engell, del PAN.

Intervención de diputadas y diputados

La diputada Adriana Bustamante Castellanos (Morena) se pronunció a favor de recobrar la soberanía nacional y recuperar el territorio de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas que ha sido saqueado y explotado por diversas empresas. Enfatizó que declarar al país libre de maíz genéticamente modificado es un acto de soberanía alimentaria, de justicia y de compromiso con la salud, con la tierra y con la gente.

Del PAN, el diputado René Figueroa Reyes señaló que votará en contra porque son reformas cortas, sin visión estratégica y sustentable de los recursos naturales. Respecto a la minería a cielo abierto, afirmó que se debe considerar que la propuesta generaría un impacto negativo en la economía. Destacó la importancia de garantizar los medios necesarios para la conservación de las áreas naturales protegidas y dijo no coincidir en incluir el modelo del programa Sembrando Vida porque requiere mecanismos de control y transparencia.

El diputado del PRI, Rubén Ignacio Moreira Valdez, explicó que esta es una iniciativa no sólo del Ejecutivo Federal, sino también de muchos legisladores, entre ellos tres de su grupo parlamentario. Adelantó que presentaría reservas para complementar esta reforma y brindar precaución, como en el caso de la restauración por parte de empresas responsables de explotación de minería a cielo abierto y no dejen los cráteres, así como un derecho humano efectivo al agua.

Santiago Torreblanca Engell, diputado del PAN, se pronunció en contra del dictamen y llamó a dejar de actuar por ideologías “que llevan a México al atraso y a la falta de competitividad que generan hambre y menor disposición de recursos”. Dijo que la diversidad de granos se debe a su cruza selectiva para lograr mejores especies, por lo que no se debe prohibir el maíz transgénico. Agregó que el litio se obtiene a través de la minería a cielo abierto, así como el cemento y el concreto para la construcción y que, de aprobar la reforma, van a “tronar” esta industria.

Al hablar en pro del dictamen, la diputada María Guadalupe Chavira de la Rosa (Morena) dijo que la modificación a los artículos 4º y 27 constitucional están ligados, porque es una acción transversal que se requiere para que al país se le dé la oportunidad de integrar todas las actividades que desarrolla, pero con la responsabilidad que solo otorga la Constitución.

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