* Hoy en día la parte de integrar esquemas de cumplimiento en las empresas es primordial
Semanario Balún Canán/ TIJUANA, B. C., (SBC).- Ante la falta de esquemas de cumplimiento de obligaciones de las empresas IMMEX, la Secretaría de Economía publicó un aviso en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el listado con un total de 343 empresas certificadas a las cuales se les suspendieron sus actividades de operación manufacturera informó el abogado fiscalista Octavio de la Torre.
El Presidente del corporativo TLC Asociados, destacó la importancia de cumplir con las obligaciones del programa IMMEX con el fin de evitar caer en la suspensión total del mismo, de esta forma se puede continuar gozando de los beneficios y facilidades en materia aduanera y de comercio exterior permanentes establecidas en el “Decreto de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación”.
Al respecto, comentó que se dio a conocer un listado con un total de 343 empresas IMMEX, incluyendo el nombre de los titulares, registro federal de contribuyente y el número de programa asignado, que serán suspendidas de la actividad de operación manufactura o maquila, debido que no cumplieron en tiempo y forma con sus obligaciones administrativas establecidas en este programa de fomento.
Cabe señalar que en esta ocasión se observa que la medida cautelar se origina principalmente por la falta de presentación del reporte anual de operaciones de comercio exterior, precisó.
Octavio de la Torre resaltó que, si bien, las empresas que cuentan con la autorización para operar un Programa IMMEX tienen una gama de prerrogativas fiscales y aduaneras, también deben de cumplir con diversas obligaciones permanentes y demás requisitos especiales acorde a la modalidad del programa para mantener vigente la autorización, por lo que deben poner especial atención sobre las obligaciones adquiridas.
De manera particular, mediante el Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior, las empresas IMMEX proporcionan información principalmente sobre las ventas totales y el total de exportaciones del ejercicio fiscal anterior, el cual debe ser presentado por medios electrónicos en la Ventanilla Digital a más tardar el último día hábil del mes de mayo.
Por el contrario, el fiscalista indicó que si las empresas no cumplen con esta obligación serán suspendidas temporalmente sin derecho de gozar los beneficios del programa IMMEX, en consecuencia, si a más tardar el último día hábil de agosto del año en curso no se subsanan las irregularidades serán canceladas de forma definitiva a partir del 1 de septiembre del año en curso.
El Presidente del Corporativo TLC Asociados, recalcó la importancia que las empresas que cuentan con programa IMMEX implementen, mediante sus áreas de cumplimiento en coordinación con otras áreas de la organización, procesos y programas alineados a una correcta administración de estos
“También es imperativo poner especial atención al cumplimiento de los programas de fomento, diferimiento de aranceles y esquemas de certificación, que si bien es cierto implican una serie de obligaciones, de hacer, de no hacer y de permitir, también nos ofrecen una serie de beneficios que debemos cuidar con el fin de gozar de las prerrogativas aplicables”, concluyó