Deben contribuyentes del RIF migrar de régimen en este 2024

* La vigencia de este régimen es de sólo 10 años.

Semanario Balún Canán/ TIJUANA, B. C., (SBC).- Aquellos contribuyentes, personas físicas, que se hayan registrado en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) en 2014, deben ya migrar de régimen y presentar las declaraciones que tengan pendientes en lo que va de 2024.

Así lo indicó el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien mencionó que dicho régimen tenía una vigencia de 10 años, mismos que concluyen este 2024.

Explicó que una de las particularidades de este régimen era la duración de 10 años, durante los cuales se recibían una serie de beneficios en materia de Impuesto sobre la Renta (ISR), al Valor Agregado (IVA) y el Especial sobre Productos y Servicios (IEPS).

“La reducción del impuesto fue de 100% el primer año, reduciéndose dicho porcentaje en 10% anual hasta llegar a una reducción de 10% en el año 10; esto quiere decir que en 2023, estos contribuyentes habrían estado tributando con una tasa de reducción del 10%”, detalló.

Pickett Corona refirió que el SAT inició una campaña de comunicación a través del Buzón Tributario, donde informa a los contribuyentes que se ubiquen en el RIF en 2014, que a partir del primero de enero deben dejar de tributar en dicho régimen.

“El comunicado del SAT señala que, atendiendo a lo establecido en el artículo 111, décimo quinto párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2021, es necesario que actualices tu situación fiscal en el RFC, conforme a la ficha de trámite 71/CFF ´Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones´, contenida en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024”, explicó.

Finalmente, el abogado fiscalista exhortó a los contribuyentes a acudir con un especialista en estos temas para revisar su situación, ya que es posible que el mismo SAT ya los haya migrado de régimen, sin previo aviso.

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