* El Dictamen No 25 de la Comisión del ramo contiene la iniciativa de la Diputada Montse Murillo
* Las diferencias de trato y de oportunidades van en contra de los derechos humanos
Semanario Balún Canán/ Mexicali, B.C., (SBC).- El pleno del Congreso del Estado aprobó una iniciativa de la diputada Dunnia Montserrat Murillo López, que tiene como objeto establecer en el marco positivo de la ley sobre la materia, garantizar la igualdad de género en la vida económica y laboral.
Se requiere implementar y ejecutar dentro de los procesos de gestión y de recursos humanos, prácticas de no discriminación que favorezcan el desarrollo integral de las y los trabajadores, para mejorar el capital humano a través del respeto a sus derechos con una perspectiva de género, mediante la capacitación, con acciones que optimicen el entorno laboral y las relaciones interpersonales.
El género es una construcción simbólica de la diferencia sexual, la cual afecta tanto a hombres como a mujeres, ya que al tomar como parámetro las características fisiológicas de cada uno, las diversas culturas les asignan roles específicos. Y la palabra “género” da referencia a la manera en que la sociedad cree que tenemos que vernos, pensar y actuar como niñas, mujeres; niños y hombres.
Así lo expresó la diputada de Morena, Dunnia Montserrat Murillo López, en su iniciativa de reforma a diversas fracciones del artículo 40 de la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Baja California, contenida en el dictamen No. 25 de la Comisión de Igualdad de Género y Juventudes, aprobado por veinticuatro votos a favor, cero en contra y cero abstenciones.
Las principales razones que detalló la inicialista en su exposición de motivos, son: que existen estudios que han analizado sociedades con y sin equilibrio de género, en donde en las que había más equilibrio, aumentó la productividad, el crecimiento económico, el desempeño organizacional, mayor retención de la fuerza laboral y de atracción de talentos.
Además, que la igualdad de género permite brindar a las mujeres y a los hombres las mismas oportunidades, condiciones, y formas de trato, sin dejar a un lado las particularidades de cada uno. Y que el problema es que las diferencias de trato y de oportunidades, van en contra de los derechos humanos.
Se reforman cuatro fracciones del artículo 40
Se aprueba la reforma a la fracción VIII y la adición de las fracciones XIII, XIV y XV al artículo 40 de Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado, para quedar de la siguiente manera:
VIII. Diseñar y aplicar lineamientos que aseguren la igualdad de género en la selección, ingreso, permanencia y profesionalización del personal en la administración pública.
XIII. Fomentar la adopción voluntaria de programas de igualdad por parte del sector privado, para ello se generarán diagnósticos de los que se desprendan las carencias y posibles mejoras en torno a la igualdad entre mujeres y hombres;
XIV. Reconocer los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral a las trabajadoras y trabajadores en forma que fomenten la asunción equilibrada de las responsabilidades familiares, evitando toda discriminación basada en su ejercicio, pudiendo coordinarse entre sí, o con las autoridades federales para implementar reconocimientos a las empresas familiarmente responsables; y,
XV. Difundir, previo consentimiento de las empresas o personas, los planes que apliquen éstas en materia de igualdad entre mujeres y hombres.