* Suspender derechos políticos de personas responsables de delitos de índole sexual, violencia familiar y de deudores alimenticios
* 18 años la edad mínima para ser diputado
Semanario Balún Canán/ Mexicali, B.C., (SBC).- El Congreso de B.C. aprobó por unanimidad, el Proyecto de Decreto en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público, y diverso en materia de edad mínima para ocupar un cargo público, mismos que fueron propuestos por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, para reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
Ambos proyectos fueron presentados ante el Pleno, mediante los Acuerdos 1 y 2 de la Junta de Coordinación Política, por conducto del diputado Juan Manuel Molina García, en calidad de presidente de dicho órgano de gobierno.
El Acuerdo No. 1 es relativo al proyecto de reforma a la CPEUM en su artículo 38, adicionando la fracción VII, con el objeto de suspender los derechos ciudadanos de las personas que tengan una sentencia firme por delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género.
Otro supuesto relevante, es el de ser declarada persona deudora alimentaria morosa. Por lo cual, en todos estos casos enlistados en esta nueva fracción, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombraba para empleo, cargo o comisión en el servicio público.
La otra iniciativa planteada considerada en el Acuerdo No. 2, toca el tema de reducir la edad mínima para ser diputado, proponiendo tener dieciocho años cumplidos al día de la elección, así como para ser Secretario de Estado, se considera ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en ejercicio de sus derechos y tener veinticinco años complidos, modificaciones que se pretender establecer en el artículo 55 y 91 respectivamente, de la Constitución Nacional.
Cabe mencionar que las iniciativas de mérito fueron remitidas a esta Soberanía por la Cámara de Senadores, lo anterior obedece a que se trata de una reforma a la Constitución Federal, de conformidad con su artículo 135, por lo que las y los diputados aprobaron ambos acuerdos remitiendo al Congreso de la Unión el voto aprobatorio de esta Legislatura, para los efectos legales correspondientes.