Sesiona Consejo General del IEEBC

* Se atendieron temas de las comisiones de Igualdad Sustantiva y No Discriminación; del Régimen de Partidos Políticos y Financiamiento y de Seguimiento al SPEN y la Rama Administrativa.

* Se aprobaron dos puntos de acuerdo emitidos por el Consejo General.

Semanario Balún Canán/ MEXICALI, B. C. (SBC).– En los trabajos de la 19ª Sesión Extraordinaria del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), encabezado por su presidente, Luis Alberto Hernández Morales, se aprobó por unanimidad el catálogo de cargos y puestos de la rama administrativa de este organismo.

El documento, el cual se integra en el dictamen número 4 de la Comisión de Seguimiento al Servicio Profesional Electoral Nacional y de la Rama Administrativa, contiene entre otros aspectos, el organigrama, la clasificación del personal, catálogo de puestos, escala de gestión y cédulas de puesto; asimismo, contiene un apartado relativo al entorno operativo y responsabilidad, en la que se indica los bienes bajo su resguardo, cadena de mando y áreas con las que se interrelaciona, también se incluye el apartado correspondiente al perfil requerido del puesto o cargo, otro apartado relativo a competencia clave directivas, técnica, y por último se hace referencia a los criterios de desempeño, conocimientos, habilidades y herramientas tecnológicas, informó el consejero, Jorge Alberto Aranda Miranda, quien encabeza los trabajos de la citada Comisión.

Durante la sesión, el propio consejero Aranda, ahora en su calidad de presidente de la Comisión del Régimen de Partidos Políticos y Financiamientos, presentó el dictamen número 17, en él se verifica el cumplimiento a lo ordenado por el Consejo General en el dictamen 12, respecto a la integración de órganos directivos, así como la modificación a los estatutos del Partido Encuentro Solidario Baja California (PESBC).

En ese sentido, se declaró la procedencia de la integración de la Comisión Política Estatal, el Comité Directivo Estatal, el Comité de Vigilancia, la Comisión estatal de Honor y Justicia, y la Comisión Estatal Electoral, órganos de gobierno y dirección del partido político, puesto que se cumple con el principio de paridad de género en la integración de sus órganos de gobierno y dirección, en sus dos vertientes (horizontal y vertical) puesto que se encuentran conformados de manera paritaria entre hombres y mujeres.

Aunado a lo anterior, se declaró la procedencia de la integración de la Defensoría a víctimas de violencia política contra las mujeres en razón de género, ya que esta fue apegada al marco estatutario y conforme al principio de autodeterminación y autoorganización que gozan los partidos políticos.

Concluyendo con lo propuesto por la Comisión encabezada por Aranda Miranda, se consideró viable declarar la procedencia constitucional y legal de las reformas a los Estatutos, con excepción de los artículos 18, último párrafo; 22, fracción III; 31, fracción XVIII; 32, fracción VII; 37, fracción VII; 55, fracción IX, 106, fracción I; y Transitorio Quinto.

Por su parte, la consejera Vera Juárez Figueroa, presidenta de la Comisión de Igualdad Sustantiva y No Discriminación, sometió a consideración el dictamen número 5, mediante el cual se da respuesta la solicitud realizada por el C. Jesús Víctor Ferrer Covarrubias, referente a la implementación de Acciones Afirmativas para personas adultas mayores, para el próximo Proceso Electoral Local Ordinario.

En ese sentido, se informó que es competencia del Congreso Local el determinar si es necesario definir un marco legal para las personas adultas mayores dentro de los Procesos Electorales Locales, y en su caso dichas normas que resulten sean aplicables para el Proceso Electoral 2024, cuyo inicio sería a partir del domingo 3 de diciembre de 2023.

Sin embargo, se precisó que, de permanecer la inexistencia de un marco legal que garantice la participación con reglas encaminadas hacia la conformación de los órganos de gobierno, en su caso, el IEEBC podrá realizar el análisis y estudio que permita acreditar o no la necesidad y proporcionalidad en la expedición de medidas afirmativas, adecuadas a las circunstancias particulares que corresponden a nuestra entidad, emitiendo, en su caso, los lineamientos respectivos.

Por otro lado, se aprobó por unanimidad la resolución 07/2022 de la Comisión de Quejas y Denuncias, en el que se resuelve el procedimiento sancionador ordinario con clave de expediente IEEBC/UTCE/PSO/26/2020 y acumulados.

La presidenta de la Comisión, Olga Viridiana Maciel Sánchez, informó que en dicha resolución se determina la existencia de la infracción consistente en promoción personalizada, atribuible por responsabilidad indirecta a quien encabezó el XXIII Ayuntamiento de Ensenada; asimismo, Maciel Sánchez señaló que dicha resolución es impugnable a través del recurso de inconformidad previsto en el artículo 283 de la Ley Electoral del Estado de Baja California.

Por último, se aprobaron los puntos de acuerdo emitidos por el Consejo General en los que, por una parte, se da una prórroga a la Comisión de Reglamentos y Asuntos Jurídicos, prevista en el artículo 26, numeral 2, del Reglamento Interior del Instituto Estatal Electoral de Baja California, para resolver sobre el Proyecto de Reglamento de Sesiones de la Junta General Ejecutiva de esta autoridad y, en los mismos términos que el anterior, se otorga una prórroga a la Comisión Especial de Innovación Tecnológica para resolver sobre el estudio de viabilidad para el desarrollo e implementación del Programa de Resultados Electorales Preliminares, respectivamente.

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