Carreteras: ¡Entérate! Así se sancionará a quienes bloqueen vías federales

En el Diario Oficial de la Federación recientemente emitió un Decreto del Congreso de la Unión que respalda a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) reformando el artículo de la Ley de Vías Generales de Comunicación, entrando en vigor este miércoles nuevas sanciones a quienes bloqueen, dañen vías o los medios de transporte, y que lucren tomando las casetas de peaje, la sanción va de tres meses a siete años de prisión y multa económica máxima de hasta 48 mil 110 pesos.

El decreto fue rubricado por el Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), y modifica el primer párrafo del artículo 553 de la Ley de Vías Generales de Comunicación y establece lo siguiente: “A quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación, o los medios de transporte, o interrumpan la construcción de dichas vías, o para obtener un lucro interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje, o total o parcialmente interrumpan o deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte, se impondrá sanción de tres meses a siete años de prisión y multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”, señala el documento.

La reforma fue publicada este martes 22 de febrero de 2022 en el Diario Oficial de la Federación, entrará en vigor a partir de mañana.

Y además, se aclaró que quedan derogadas todas aquellas disposiciones que se opongan al decreto.

El documento también fue firmado por el secretario de Gobernación, Adán Augusto López; así como el presidente de las mesas directivas de la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores, Sergio Carlos Gutiérrez y Olga Sánchez Cordero, respectivamente.

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