* El objetivo es informar sobre los depósitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular, en un mismo banco.
Semanario Balún Canán/ TIJUANA, B. C., (SBC).- El Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para 2021, en su artículo 94, señala que las instituciones financieras están obligadas a informar a la autoridad fiscal sobre aquellos depósitos en efectivo que reciban sus clientes, a partir de 15 mil pesos.
Lo anterior lo indicó el Dr. Octavio de la Torre de Stéffano, presidente de TLC Asociados, al mencionar que esta disposición se fundamenta en la Ley de ISR, Resolución Miscelánea Fiscal para 2021: Reglas 3.5.11, 3.5.12, 3.5.13 y 3.5.14, Anexo 1, rubro A, numeral 2 y Anexo 1-A Trámite 74/ ISR y 75/ISR.
Señaló que para efectos del artículo 55, fracción IV de la Ley de ISR, las instituciones del sistema financiero deberán presentar el “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones”, contenida en el Anexo 1-A, cuando no reciban depósitos en efectivo o cuando los que reciban sean inferiores a 15 mil pesos mensuales por cliente.
Por otra parte, las instituciones financieras que reciban depósitos superiores a los 15 mil pesos, de manera mensual, por cliente, en los plazos y en los términos señalados en el Reglamento del Código Fiscal de la Federación (CFF) y el Anexo 1-A, deberán igualmente manifestar mediante aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones al RFC.
“Asimismo, las instituciones financieras, cuando sus clientes en el ejercicio, o bien, durante uno o varios meses no reciban depósitos en efectivo que exceda el monto acumulado mensual de 15 mil pesos, deberán informar mediante unas formas electrónicas”, apuntó.
Se trata de la forma IDE-A “Declaración anual de depósitos en efectivo”, o IDEM “Declaración mensual de depósitos en efectivo”, ambas contenidas en el Anexo 1, rubro A, numeral 2, según sea el caso.
El abogado fiscalista explicó que los avisos serán presentados por aquellas instituciones financieras que paguen intereses, cuando el monto mensual acumulado por depósitos en efectivo exceda los 15 mil pesos, esto tomando en cuenta todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular en un mismo banco, así como las adquisiciones en efectivo por cheques de caja.
La periodicidad de esta obligación, agregó De la Torre, es mensual, y se presentará a más tardar el día 10 del mes de calendario inmediato siguiente al que corresponda.
“El objetivo es cumplir con la obligación establecida en la Ley de ISR de informar sobre los depósitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular, en una misma institución del Sistema Financiero”, recalcó.
Finalmente, el Dr. Octavio de la Torre precisó que en TLC Asociados se cuenta con un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar y dar cumplimiento, por lo que puede escribir al correo electrónico tlc@tlcasociados.com.mx.