MEXICALI BC (SBC).- En sesión de la Comisión de Justicia que preside el diputado Víctor Manuel Morán Hernández, se aprobaron diversos proyectos de dictamen, respecto a iniciativas de reforma al Código Civil del Estado, así como un acuerdo del Congreso de la Ciudad de México.
En lo que se refiere a dicho acuerdo, el Órgano Colegiado atiende y se dio por enterado de este exhorto dirigido a los congresos locales, para que se promuevan las iniciativas necesarias para que las mujeres que se encuentran privadas de su libertad por haber abortado, sean amnistiadas. Se aprobó por 5 votos a favor 1 en contra de la diputada Eva María Vásquez Hernández y 0 abstención con las precisiones planteadas por el diputado Juan Manuel Molina.
Luego fue aprobado en sentido improcedente, con 5 votos a favor, 0 en contra y una abstención del diputado Rodrigo Aníbal Otáñez, el dictamen que contiene iniciativa de reforma al artículo 249 del Código Penal de Baja California.
Después, se aprobó por 5 votos a favor, 1 en contra y 0 abstención, el proyecto de dictamen relativo a dos iniciativas de reforma al Código Civil local, presentadas por la diputada María Trinidad Vaca Chacón que consiste en una reforma a los artículos 116, 117 y 119 del Código Civil de Baja California, y la iniciativa de Loreto Quintero Quintero, que se refiere a una reforma al artículo 72 de dicho Código, pero esta última se consideró jurídicamente improcedente.
La iniciativa de Triny Vaca tiene como objeto establecer la obligación que en el acta de defunción se precise, si la muerte fue por violencia familiar o violencia de género, cuando esté asociada a un caso violento y fue enriquecida por el representante de Enlace Legislativo del Poder Ejecutivo, por lo que se presentará una reserva cuando sea puesto a consideración del Pleno.
Posteriormente fue aprobado por 5 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención, el proyecto de dictamen relativo a la Iniciativa de reforma del artículo 320 bis y adición del artículo 320 ter al Código Civil local, presentada por el diputado inicialista Víctor Manuel Morán Hernández y enriquecido por observaciones expuestas.
Al razonar su voto, el legislador dijo que era a favor, toda vez que esta iniciativa tiene como finalidad proteger y garantizar el eficaz cumplimiento del derecho a recibir los alimentos, tutelando con ello, el interés superior de la niñez, así como el de otros acreedores alimentarios que también son vulnerables. Asimismo, se busca ubicar a los deudores alimentarios con mayor facilidad, evitando dilaciones innecesarias en los juicios, y a su vez, impulsando la cultura de la responsabilidad de los deudores alimentarios, en relación con el cumplimiento con las obligaciones hacia sus acreedores alimentarios. Configurando sin duda un gran avance en materia de derecho familiar.
También se aprobó en esta sesión virtual, por votos seis votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, el proyecto de dictamen respecto a la Iniciativa de reforma a los artículos 235 y 235 bis del Código Penal para el Estado de Baja California, presentada por la diputada inicialista Monserrat Caballero Ramírez.
La iniciativa de la legisladora tiene como finalidad, facultar al juez penal para que, ante un hecho ilícito de cumplimiento de obligaciones de asistencia familiar, pueda suspender o privar de otros derechos de familia que guarden relación directa con la víctima y ofendido, así como agravar la pena para el ilícito de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar en caso de reincidencia.
Cabe mencionar que el diputado Juan Manuel Molina argumentó que presentará una reserva cuando sea este dictamen puesto a consideración del Pleno, presentando el representante del Ejecutivo Estatal unas valoraciones jurídicas.
Finalmente se aprobó por cinco votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones, la iniciativa de reforma al artículo 59 del Código Civil para el Estado, presentada por el inicialista diputado Fausto Gallardo García. Cabe mencionar que luego de un profundo análisis, el inicialista presentó una adenda que se precisará en el dictamen cuando sea sometido al Pleno.
El objetivo de la iniciativa, es establecer la posibilidad legal que los padres o adoptantes puedan elegir libremente el orden de los apellidos que llevará el nombre de su hijo (paterno-materno y/o materno- paterno). La adenda establece que en caso de que las partes no se pusieran de acuerdo, se escogería que el primer apellido que apareciera fuera el paterno.