Presentan diputados iniciativa para penalizar conductas que obstruyan la prestación de servicios de salud

* Víctor Morán y Luis Moreno plantean reformas al Código Penal y Ley de Salud, para que se consideren como homicidio y lesiones calificadas, las que se cometan en contra de médicos, cirujanos, enfermeras

* “Lo que estamos tutelando en el fondo, son una serie de derechos humanos que se pretenden asegurar”

Mexicali, B.C., (SBC).- Los diputados Víctor Manuel Morán Hernández de Morena y Luis Moreno Hernández de Transformemos, presentaron de manera conjunta una Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el Código Penal Estatal y la Ley de Salud local, tomando en cuenta que nuestra comunidad se encuentra inmersa en la pandemia originada por el virus COVID-19.

En su exposición de motivos, resaltaron que, la protección al derecho a la salud es un derecho fundamental consagrado en el párrafo cuarto del artículo 4 de nuestra Carta Magna.

Correspondió al diputado Víctor Morán presentar dicha iniciativa ante el Pleno, en la sesión virtual de este lunes, con la que se pretende tutelar el derecho humano a la vida, a la salud, al trabajo y al bienestar.

Esto por medio de la penalización de conductas que impidan, obstruyan o entorpezcan la prestación de los servicios de salud, o bien, que atenten contra la integridad del personal médico y de enfermería o de las instalaciones que formen parte del Sistema Estatal de Salud, tanto en su esfera penal como administrativa.

Consideraron en su exposición de motivos que, en tiempos de especial vulnerabilidad hacia la población en salud pública, y por los casos aislados, -pero de suma preocupación en el país- de ciudadanos atacando a personal médico e infraestructura del citado sistema, deben ser evitados a través de reformas y previsiones legislativas adecuadas.

Por tales motivos, Víctor Morán resaltó que, desde la esfera penal, plantean que la hipótesis normativa debe contemplar que se imponga pena de cinco a veinticinco años de prisión y multa de hasta 1500 veces el valor de la Unidad de Medida y actualización, al que impida, obstruya o entorpezca la prestación de los servicios de salud.

Así mismo a quien atente contra la integridad del personal médico y de enfermería o de las instalaciones que formen parte del Sistema Estatal de Salud, en el contexto de una emergencia sanitaria, con el fin de negar el acceso a la atención médica a las personas que así lo necesiten.

Cabe resaltar que dicho texto, está en armonía con la iniciativa presentada por el senador de la república, Salomón Jara Cruz en días anteriores.

Por otra parte, y con la intención de resguardar la integridad del personal médico, así como de los elementos que colaboran con la seguridad de las instalaciones de salud de nuestra Entidad, se propone reformar el artículo 147 del Código Penal de Baja California, para que se consideren como homicidio y lesiones calificadas, las que se cometan en contra de médicos, cirujanos, personal de enfermería y demás profesionales similares y auxiliares del sector de salud público o privado.

En último término, dentro de la esfera administrativa, a efecto de generar certeza legal es que se propone que además dentro de la Ley de Salud Pública de competencia estatal, quede debidamente adicionado que, cuando se interfiera con el ejercicio de las funciones de la autoridad sanitaria o la rebeldía ponga en peligro la salud de las personas en el contexto de una emergencia sanitaria, se estará a lo dispuesto en el artículo 280 bis del Código Penal Estatal.

“Lo que estamos tutelando en el fondo, son una serie de derechos humanos los que se pretenden asegurar, mediante la presente iniciativa”, destacó.

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