Acusa Lourdes Maldonado tráfico de influencias de Jaime Bonilla en laudo laboral

* Después de 6 años de probar documentalmente su relación laboral y, le resolvieron la indemnización y pagos de salarios caídos, el patrón se amparó y, en dos semanas volteó la sentencia

TIJUANA, B. C., (SBC).- Con la aclaración de que no es nada personal, y no hay trasfondo político, sino que se trata simple y llanamente de una demanda de justicia laboral, la periodista Lourdes Maldonado López acusó que su ex patrón, Jaime Bonilla Valdez, incurrió en tráfico de influencias.

No se puede interpretar de otra manera el hecho de que, durante seis años de laudo laboral nunca se presentaron ni el patrón ni sus abogados a los alegatos, pero que, después de que la sentencia salió favorable a la trabajadora, se amparó en contra de la resolución, y en dos semanas la volteó, favoreciéndose el patrón.

Debido a múltiples evidencias de “tráfico de influencias”, Lourdes Maldonado informó que va a presentar una denuncia penal, ante la Fiscalía General de la República (FGR), contra los licenciados Mario Alberto Díaz Alcántar, Leticia Isabel Merino Cuevas y Maricela Cenobio Garrido, por los delitos de corrupción y lo que resulte.

Mientras, está tramitando un amparo, y acudirá hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que se corrija lo que se acusa como una injusticia laboral.

Así mismo, la periodista dijo que va a buscar la forma de que se haga llegar al Presidente Andrés Manuel López Obrador todo el expediente de esta injusticia, ya que éste, en campaña y como Presidente ha dicho que “nadie debe estar por encima de la ley, ni siquiera yo (sic)”.

“También dijo que es inhumano que no se pague su sueldo a los trabajadores, pero, lamentablemente, en su equipo tiene a un patrón explotador, soberbio y corrupto, que incluso, deja pasar los procesos judiciales en su contra, no litigan, esperando que se desestimen, y, cuando le salen en contra, por medio de sus abogados compra, soborna funcionarios”, advirtió.

La primera sentencia, bajo expediente 1359/2013, de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, precisa que se resolvió en primer lugar que “la actora, María Guadalupe Lourdes Maldonado López acreditó la acción, intentada en este juicio, y los demandados Jaime Bonilla Valdez y Media Sports de México, S.A. de C.V., no acreditaron sus excepciones y defensas”.

“Segundo: Se condena a las demandadas, Jaime Bonilla Valdez y Media Sports de México, S.A. de C.V., a cubrir a la actora, María Guadalupe Lourdes Maldonado López, al pago de las prestaciones citadas en el considerando último que antecede, tales como salarios caídos, (…) más los intereses generados (…), para lo cual se ordena abrir incidente de liquidación (…) indemnización constitucional, (…) y el pago de (…) importe de salarios (…)”.

Después de otros contenidos resolutivos, se estableció el “condenatorio: aprobado por mayoría de votos de los C/C. Representantes del Gobierno, Lic. Juventino César Jiménez López, y de los trabajadores C. Jesús Javier Merino Duarte, CONTRA el voto del representante de los patrones, Lic. Roberto José Quijano Sosa, por cuanto condena, y por mayoría de votos (…), miembros que integran la Junta Especial Número 59, de la Federal de Conciliación y Arbitraje en esta ciudad de Tijuana”… y firman los citados.

De esta sentencia se notificó a mediados de febrero 2019, y, en dos semanas, se emitió un nuevo resolutivo, en el que se observan referencias pasadas y como desestimando todo el proceso que llevó la periodista Lourdes Maldonado, pues “deja insubsistente el laudo dictado por esta junta en fecha 9 de abril de 2018, en cumplimiento a la ejecutoría de fecha 28 de diciembre de 2018 que dicta el Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Quinto Circuito, con residencia en la ciudad de Tijuana, dentro de los autos de juicio de amparo directo número 357/2018…”

“Segundo: La parte actora no acreditó la procedencia de su acción”.

“Tercero: Se absuelve a las demandadas, Jaime Bonilla Valdez y Media Sports de México, S.A. de C.V. de las prestaciones reclamadas en los incisos A) al H), por las razones y los motivos expuestos en el considerando último de la resolución”.

Pero lo más curioso es el “Condenatorio: aprobado por mayoría de votos de los C/C. Representantes del Gobierno, Lic. Mario Alberto Díaz Alcántar, y de los trabajadores Lic. Leticia Isabel Merino Cuevas, CONTRA el voto del representante de los patrones, Lic. Roberto José Quijano Sosa, por cuanto condena, y por mayoría de votos (…), miembros que integran la Junta Especial Número 59, de la Federal de Conciliación y Arbitraje en esta ciudad de Tijuana”… y firman los citados.

Eso último fue un copy-paste, con dos diferentes actores por la parte trabajadora ¡aprobando la absolución del patrón, en contra del voto del representante patronal, que es el mismo Roberto José Quijano Sosa!… “Aparte de que Roberto Quijano es regidor, y por ende, supuesto representante del pueblo, aparece como que votó en contra de la absolución del patrón, a pesar de representarlo, ¡eso es inaudito!”, observó Lourdes Maldonado.

Todo lo anterior, fue aparte de que la parte patronal, por instrucciones de Jaime Bonilla Valdez, manipuló para que se trasladara el juicio de la Junta Local a la Junta Federal, con el propósito de alargar el proceso, y la demandante se cansara.

No obstante que, durante el proceso de la Junta Federal la parte patronal nunca compareció ni presentó alegatos, casualmente, al salir favorable el laudo a la trabajadora, “se ampara” (con fecha pasada) y sacan esta nueva sentencia, evidentemente manipulada, lo que indica que hubo “tráfico de influencias”, subrayó la demandante.

ARTICULOS RELACIONADOS

Siguenos!

4,762FansMe gusta
814SeguidoresSeguir
149SuscriptoresSuscribirte

OTROS ARTICULOS