La PGR deberá informar sobre base de datos de personas no localizadas

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos, ordenó a la Agencia de Investigación Criminal de la Procuraduría General de la República, asumir competencia y dar a conocer la Base de Datos de Personas no Localizadas del fuero común, administrada por el Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia.

Al presentar el caso ante el pleno, la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena, argumentó que es uno de los temas prioritarios del gobierno actual, ofrecer respuesta integral a las familias de las personas desaparecidas, a fin de que les garanticen la protección efectiva del derecho humano, a la verdad y la reparación del daño que les corresponda.

También planteó la importancia de que la sociedad acceda y conozca la información derivada de las denuncias de desaparición de personas, las estrategias realizadas por el Estado, los resultados obtenidos y el número de quienes continúan sin ser localizadas.

“Según el Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, para abril de 2018 existían 37 mil 436 persona no localizadas respecto de denuncias presentadas ante agencias del Ministerio Público del fuero común y del fuero federal, de las cuales el 68 por ciento tienen menos de 39 años y de ellas nueve mil 522 corresponden a mujeres y 27 mil 913 son hombres”, puntualizó.

Mencionó que la respuesta al particular que solicitó la base de datos, la Agencia de Investigación Criminal se declaró incompetente para conocer la información y le proporcionó la dirección electrónica para consultar el Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas y le sugirió presentar su petición ante la Secretaría de Gobernación.

Argumentó que el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública es el órgano desconcentrado de esa dependencia, encargada de concentrar la información estadística en materia de incidencia delictiva, la cual es suministrada por las diferentes instituciones de procuración de justicia del país.

Hizo notar al pleno que se requirió de la Agencia de Investigación Criminal de la PGR, la base de datos de persona no localizadas del fuero común, la cual es administrada por el Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia, de cuyo contenido se omitan los datos referentes al nombre y apellido en formato exportable.

También le sugirió efectuar una nueva solicitud a la Secretaría de Gobernación con el propósito de que dicha dependencia realizara una búsqueda exhaustiva y pormenorizada de la información referida.

Inconforme el particular presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó que, en el informe rendido por el país a las recomendaciones emitidas por el Comité de las Naciones Unidas contra las Desapariciones Forzadas del 13 de febrero de 2018, se dio cuenta de que la Agencia de Investigación Criminal, a través del CENAPI, administra la Base de Datos de Personas no Localizadas del Fuero Común.

En su ponencia la comisionada del INAI determinó que este organismo cuenta con facultades expresas para desarrollar un sistema estadístico sobre actividades delictivas, el cual permite conocer la situación del fenómeno delictivo para contribuir al combate de la comisión de delitos.

Al consultar distintas fuentes de información oficiales, dijo, se advirtió que existe una coordinación estrecha entre la Secretaría de Gobernación y la PGR para el manejo y la integración de la Base de Datos de Personas no Localizadas.

Esto, dijo, confirma que si existe competencia concurrente de la PGR y la propia Secretaría de Gobernación, en la cual corresponde a la Procuraduría Federal la integración y actualización del Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas.

Por lo tanto el pleno del INAI revocó por mayoría la respuesta de la Agencia de Investigación Criminal y le instruyó a asumir su competencia y dar a conocer la Base de Datos de Personas no Localizadas del Fuero Común.

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