MEXICALI BC (SBC).- El Pleno del Congreso de Baja California aprobó por unanimidad el dictamen número 8 proveniente de la Comisión de Fortalecimiento Municipal, que preside el diputado y maestro Raúl Castañeda Pomposo (PAN), mismo que contiene una reforma para establecer que los regidores municipales tendrán, como una de sus atribuciones, la atención directa de la gestoría comunitaria, con lo cual se pretende brindar una mayor certeza a la ciudadanía.
Con esta iniciativa propuesta por el legislador José Félix Arango Pérez (PAN), se modifica el artículo 9 de la Ley de Régimen Municipal del Estado (LRME), a fin de garantizar la atención y solución de las demandas sociales mediante el perfeccionamiento de dicha norma y la definición precisa de la función de los regidores.
En su argumentación, Arango Pérez mencionó que la gestoría social tiene como propósito esencial la atención de necesidades ciudadanas, para lo cual la norma fundamental del Estado dispone que los diputados puedan auxiliar en las demandas sociales, y en su caso, las autoridades locales y municipales deberán dar solución a las necesidades gestionadas por los legisladores.
En ese sentido, agregó que la función legislativa ha previsto la gestión ciudadana como parte de las acciones y labor de los diputados; ello sin menoscabo de la obligación a cargo de las autoridades, tanto estatales como municipales, encargadas de los servicios públicos.
Por otra parte, dijo que el municipio es el orden de gobierno más cercano a las comunidades, y en aras de su competencia en materia de servicios públicos, desempeña una labor fundamental en el rubro de gestoría social.
“En ese tenor, resulta indispensable perfeccionar las normas que actualmente rigen las funciones relativas a la gestión comunitaria, esto en aras de establecer mecanismos que definan de manera precisa las funciones a cargo de los órdenes de gobierno que actualmente participan en la gestión social”, subrayó el representante popular.
Cabe mencionar que esta reforma aprobada en la reciente sesión ordinaria de la Vigésima Segunda Legislatura local, establece en su segundo transitorio que los ayuntamientos de Baja California dispondrán de 60 días para modificar los reglamentos interiores.